¿Ya lo tienes todo listo para presentarte a tus oposiciones?
Dentro del ámbito laboral, el salario no se limita únicamente a la cantidad fija acordada como pago por el trabajo realizado. Existen algunos componentes adicionales que forman parte de la retribución total, ideados para reflejar factores como el desempeño, las condiciones del puesto o acuerdos específicos establecidos en los convenios colectivos. Estos elementos se llaman complementos salariales que explican cómo se estructuran las organizaciones y cómo estas se adaptan a las particularidades de cada empleo.
Los complementos salariales se definen como las cantidades económicas que se añaden, según qué razones, al sueldo base que configura el salario mensual de cada trabajador. En el contrato de trabajo se determina qué complementos salariales percibe el empleado según las condiciones personales, el trabajo ya realizado o la situación económica en la que se encuentre la empresa. Estos elementos están regulados en el Estatuto de los Trabajadores, cuya referencia aparece en el artículo 26.3.
Por tanto, la respuesta a qué son los complementos salariales se refiere a la suma de dinero que el trabajador puede recibir en su nómina para complementar el salario base que le corresponde. La situación personal, por ejemplo, tener un título académico; las circunstancias laborales realizadas, horas extras, por ejemplo; o los resultados o contexto de la empresa, participar en beneficios; todas ellas van a formar parte de los complementos salariales. Y los tipos de complementos salariales, la naturaleza (complementos salariales no consolidables o consolidables) o la cantidad económica que perciba, se verá en el convenio colectivo o contrato laboral.
Los complementos salariales son aquellos cuyo importe tiene relación directa con las retenciones del IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social. Ahora profundicemos más en los tipos de complementos salariales:
- De carácter personal: cargo, responsabilidades, antiguedad, primas de productividad, formación
- Con el puesto de trabajo: teletrabajo, nocturnidad, dedicación plena, peligrosidad, trabajo en fin de semana
- Según la situación de la empresa: tercera o cuarta paga extra, participaciones en beneficios, participaciones en el capital social
Sin embargo, estos tipos de complementos salariales reciben dos nombres en concreto que engloban su definición. Los complementos salariales consolidables son aquellos que se aplican en la nómina según las condiciones personales y particulares del trabajador. Es decir, el primer tipo visto en relación con las situaciones de carácter personal. Y los complementos salariales no consolidables son aquellos que se aplican por las características del puesto de trabajo o la situación de la empresa. Es decir, los dos últimos tipos de complementos salariales.
Por otro lado, existen los complementos no salariales, los cuales son otros bienes o servicios que el empleado recibe de la empresa en su nómina, pero que no se aprecian en el salario, por lo que no tributa ni cotiza en la Seguridad Social. Por ejemplo, los suplidos, las cantidades adelantadas por el trabajador durante su actividad laboral y que luego la empresa recupera en su nómina.